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13. Uniones homosexuales

La doctrina católica sobre la homosexualidad puede conocerse en los cuatro documentos más importantes publicados por la Iglesia sobre el tema. Tres fueron publicados por la Congregación de la Doctrina de la Fe (= CDF), y el cuarto es el Catecismo de la Iglesia Católica. Son míos los subrayados y subtítulos de estos documentos, que reproduzco en fragmentos textuales.

* * *

CDF (1975-XII-29)

Declaración Persona humana, acerca de ciertas cuestiones de ética sexual, firmada por el Prefecto, Card. Franjo Seper, aprobada y confirmada por el Papa Pablo VI, que ordenó su publicación.

–Hoy es frecuente considerar natural la homosexualidad y lícito su ejercicio
8. En nuestros días –fundándose en observaciones de orden psicológico– han llegado algunos a juzgar con indulgencia, e incluso a excusar completamente, las relaciones entre personas del mismo sexo, contra la doctrina constante del Magisterio y contra el sentido moral del pueblo cristiano.

Se hace una distinción –que no parece infundada– entre los homosexuales cuya tendencia, proviniendo de una educación falsa, de falta de normal evolución sexual, de hábito contraído, de malos ejemplos y de otras causas análogas, es transitoria o a lo menos no incurable, y aquellos otros homosexuales que son irremediablemente tales por una especie de instinto innato o de constitución patológica que se tiene por incurable.

Ahora bien, en cuanto a los sujetos de esta segunda categoría, piensan algunos que su tendencia es natural hasta tal punto que debe ser considerada en ellos como justificativa de relaciones homosexuales en una sincera comunión de vida y amor semejante al matrimonio, en la medida en que se sienten incapaces de soportar una vida solitaria.

–La fe cristiana, fundada en la Escritura, enseña lo contrario

Indudablemente, esas personas homosexuales deben ser acogidas en la acción pastoral con comprensión y deben ser sostenidas en la esperanza de superar sus dificultades personales y su inadaptación social. También su culpabilidad debe ser juzgada con prudencia. Pero no se puede emplear ningún método pastoral que reconozca una justificación moral a estos actos por considerarlos conformes a la condición de esas personas. Según el orden moral objetivo, las relaciones homosexuales son actos privados de su ordenación necesaria y esencial. En la Sagrada Escritura están condenados como graves depravaciones e incluso presentados como la triste consecuencia de una repulsa de Dios [18]. Este juicio de la Escritura no permite concluir que todos los que padecen esta anomalía incurran en culpa personal por esta causa; pero atestigua que los actos homosexuales son por su intrínseca naturaleza desordenados y que no pueden recibir aprobación en ningún caso.

[18]. Rom 1,24-27: «Por eso los entregó Dios a los deseos de su corazón, a la impureza con que deshonran sus propios cuerpos; pues cambiaron la verdad de Dios por la mentira y adoraron y sirvieron a las criaturas en lugar del Criador, que es bendito por los siglos, Amén. Por lo cual los entregó Dios a las pasiones vergonzosas, pues las mujeres cambiaron el uso natural en uso contra naturaleza, e igualmente los varones, dejando el uso natural de la mujer, se abrasaron en la concupiscencia de unos por otros, los varones de los varones, cometiendo torpezas y recibiendo en sí mismos el pago debido a su extravío». Cf. también lo que dice San Pablo a propósito de los que practican la sodomía en 1Cor 6,10; 1Tim 1,10.

–Es falsa la tendencia a disminuir o eliminar en el ejercicio de la sexualidad la realidad del pecado grave

10. El respeto de la ley moral en el campo de la sexualidad, así como la práctica de la castidad, se ven comprometidos en una medida no pequeña, sobre todo en los cristianos menos fervorosos, por la tendencia actual a reducir hasta el extremo, al menos en la existencia concreta de los hombres, la realidad del pecado grave, si no es que se llega a negarla.

Algunos llegan a afirmar que el pecado mortal que separa de Dios sólo se verifica en el rechazo directo y formal de la llamada de Dios, o en el egoísmo que se cierra al amor del prójimo completa y deliberadamente. Sólo entonces tendría lugar una «opción fundamental», es decir, una de aquellas decisiones que comprometen totalmente una persona, y que serían necesarias para constituir un pecado mortal; mediante ella tomaría o ratificaría el hombre, desde el centro de su personalidad, una actitud radical en relación con Dios o con los hombres. Por el contrario, las acciones que llaman «periféricas» –en las que niegan que se dé por lo regular una elección decisiva– no llegarían a cambiar una opción fundamental; y tanto menos cuanto que, según se observa, con frecuencia proceden de los hábitos contraídos.

De esta suerte, esas acciones pueden debilitar las opciones fundamentales, pero no hasta el punto de poderlas cambiar por completo. Ahora bien, según esos autores, un cambio de opción fundamental respecto de Dios ocurre más difícilmente en el campo de la actividad sexual donde, en general, el hombre no quebranta el orden moral de manera plenamente deliberada y responsable, sino más bien bajo la influencia de su pasión, de su debilidad, de su inmadurez; incluso, a veces, de la ilusión que se hace dedemostrar así su amor por el prójimo; a todo lo cual se añade con frecuencia la presión del ambiente social.

Sin duda, la opción fundamental es la que define en último término la condición moral de una persona; pero una opción fundamental puede ser cambiada totalmente por actos particulares, sobre todo cuando éstos hayan sido preparados, como sucede frecuentemente, con actos anteriores más superficiales. En todo caso, no es verdad que actos singulares no son suficientes para constituir un pecado mortal […]

Por lo tanto, el hombre peca mortalmente no sólo cuando su acción procede de menosprecio directo del amor de Dios y del prójimo, sino también cuando consciente y libremente elige un objeto gravemente desordenado, sea cual fuere el motivo de su elección. En ella está incluido, en efecto, según queda dicho, el menosprecio del mandamiento divino: el hombre se aparta de Dios y pierde la caridad. Ahora bien, según la tradición cristiana y la doctrina de la Iglesia, y como también lo reconoce la recta razón, el orden moral de la sexualidad comporta para la vida humana bienes tan elevados, que toda violación directa de este orden es objetivamente grave (24.- Cf. las notas anteriores 17 y 19; Decreto del Santo Oficio18-III-1666: Denz 2060; Pablo VI, 1968: enc. Humanæ vitæ, 13 y 14).

–Haya verdad y prudencia al evaluar la gravedad del pecado concreto contra la castidad
Es verdad que en las faltas de orden sexual, vista su condición especial y sus causas, sucede más fácilmente [en comparación con otros pecados] que no se les dé un consentimiento plenamente libre. Y esto invita a proceder con cautela en todo juicio sobre el grado de responsabilidad subjetiva de las mismas. Es el caso de recordar en particular aquellas palabras de la Sagrada Escritura: «El hombre mira las apariencias, pero Dios mira el corazón» (1Sam 16,7). Sin embargo, recomendar esa prudencia en el juicio sobre la gravedad subjetiva de un acto pecaminoso particular no significa en modo alguno sostener que en materia sexual no se cometen pecados mortales.

Los Pastores deben, pues, dar prueba de paciencia y de bondad; pero no les está permitido ni hacer vanos los mandamientos de Dios, ni reducir desmedidamente la responsabilidad de las personas: «No menoscabar en nada la saludable doctrina de Cristo es una forma de caridad eminente hacia las almas. Pero esto debe ir acompañado siempre de la paciencia y de la bondad de que el mismo Señor dio ejemplo en su trato con los hombres. Venido no para juzgar, sino para salvar, El fue ciertamente intransigente con el mal, pero misericordioso con las personas» (Humanæ vitæ, 29).

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CDF (1986-X-1)

Carta a los Obispos de la Iglesia Católica sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, firmada por el Prefecto, Card. Joseph Ratzinger, y aprobada por el Papa Juan Pablo II, que ordenó su publicación. Esta larga carta contesta objeciones y rectifica interpretaciones pastorales erróneas sobre el documento de 1975, antes citado.

–La tendencia homosexual es objetivamente desordenada

3. …En la discusión que siguió a la publicación de la Declaración [de 1975], se propusieron unas interpretaciones excesivamente benévolas de la condición homosexual misma, hasta el punto que alguno se atrevió incluso a definirla indiferente o, sin más, buena. Es necesario precisar, por el contrario, que la particular inclinación de la persona homosexual, aunque en sí no sea pecado, constituye sin embargo una tendencia, más o menos fuerte, hacia un comportamiento intrínsecamente malo desde el punto de vista moral. Por este motivo la inclinación misma debe ser considerada como objetivamente desordenada.

Quienes se encuentran en esta condición deberían, por tanto, ser objeto de una particular solicitud pastoral, para que no lleguen a creer que la realización concreta de tal tendencia en las relaciones homosexuales es una opción moralmente aceptable.

–Sólo es lícita la unión sexual del hombre y de la mujer unidos en matrimonio

7. La Iglesia, obediente al Señor que la ha fundado y la ha enriquecido con el don de la vida sacramental, celebra en el sacramento del matrimonio el designio divino de la unión del hombre y de la mujer, unión de amor y capaz de dar vida. Sólo en la relación conyugal puede ser moralmente recto el uso de la facultad sexual. Por consiguiente, una persona que se comporta de manera homosexual obra inmoralmente.

Optar por una actividad sexual con una persona del mismo sexo equivale a anular el rico simbolismo y el significado, para no hablar de los fines, del designio del Creador en relación con la realidad sexual. La actividad homosexual no expresa una unión complementaria, capaz de transmitir la vida, y por lo tanto contradice la vocación a una existencia vivida en esa forma de autodonación que, según el Evangelio, es la esencia misma de la vida cristiana. Esto no significa que las personas homosexuales no sean a menudo generosas y no se donen a sí mismas, pero cuando se empeñan en una actividad homosexual refuerzan dentro de ellas una inclinación sexual desordenada, en sí misma caracterizada por la auto-complacencia.

Como sucede en cualquier otro desorden moral, la actividad homosexual impide la propia realización y felicidad porque es contraria a la sabiduría creadora de Dios. La Iglesia, cuando rechaza las doctrinas erróneas en relación con la homosexualidad, no limita sino que más bien defiende la libertad y la dignidad de la persona, entendidas de modo realista y auténtico. […]

–Hay una gran presión actual de grupos y de políticos para legitimar el ejercicio de la homosexualidad

8. …Sin embargo, en la actualidad un número cada vez más grande de personas, aun dentro de la Iglesia, ejercen una fortísima presión para llevarla a aceptar la condición homosexual, como si no fuera desordenada, y a legitimar los actos homosexuales. Quienes dentro de la comunidad de fe incitan en esta dirección tienen a menudo estrechos vínculos con los que obran fuera de ella. Ahora bien, estos grupos externos se mueven por una visión opuesta a la verdad sobre la persona humana, que nos ha sido plenamente revelada en el misterio de Cristo. Aunque no en un modo plenamente consciente, manifiestan una ideología materialista que niega la naturaleza trascendente de la persona humana, como también la vocación sobrenatural de todo individuo. […]

–Ha de condenarse el menosprecio y persecución contra los homosexuales

10. Es de deplorar con firmeza que las personas homosexuales hayan sido y sean todavía objeto de expresiones malévolas y de acciones violentas. Tales comportamientos merecen la condena de los pastores de la Iglesia, dondequiera que se verifiquen. Revelan una falta de respeto por lo demás, que lesiona unos principios elementales sobre los que se basa una sana convivencia civil. La dignidad propia de toda persona siempre debe ser respetada en las palabras, en las acciones y en las legislaciones.

–También ha de reprobarse el fomento cultural, político y legal de la homosexualidad

Sin embargo, la justa reacción a las injusticias cometidas contra las personas homosexuales de ningún modo puede llevar a la afirmación de que la condición homosexual no sea desordenada. Cuando tal afirmación es acogida y, por consiguiente, la actividad homosexual es aceptada como buena, o también cuando se introduce una legislación civil para proteger un comportamiento al cual ninguno puede reivindicar derecho alguno, ni la Iglesia, ni la sociedad en su conjunto deberían luego sorprenderse si también ganan terreno otras opiniones y prácticas torcidas y si aumentan los comportamientos irracionales y violentos.

–La condición homosexual congénita o la adquirida

11. Algunos sostienen que la tendencia homosexual, en ciertos casos, no es el resultado de una elección deliberada y que la persona homosexual no tiene alternativa, sino que es forzada a comportarse de una manera homosexual. Como consecuencia se afirma que ella, no siendo verdaderamente libre, obraría sin culpa en estos casos.

Al respecto es necesario volver a referirse a la sabia tradición moral de la Iglesia, la cual pone en guardia contra generalizaciones en el juicio de los casos particulares. De hecho en un caso determinado pueden haber existido en el pasado o pueden todavía subsistir circunstancias tales que reducen y hasta quitan la culpabilidad del individuo; otras circunstancias, por el contrario, pueden aumentarla. De todos modos se debe evitar la presunción infundada y humillante de que el comportamiento homosexual de las personas homosexuales esté siempre y totalmente sujeto a coacción y por consiguiente sin culpa. En realidad también en las personas con tendencia homosexual se debe reconocer aquella libertad fundamental que caracteriza a la persona humana y le confiere su particular dignidad. Como en toda conversión del mal, gracias a esta libertad, el esfuerzo humano, iluminado y sostenido por la gracia de Dios, podrá permitirles evitar la actividad homosexual.

–La actitud espiritual del homosexual cristiano

12. ¿Qué debe hacer entonces una persona homosexual que busca seguir al Señor? Sustancialmente, estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, uniendo al sacrificio de la cruz del Señor todo sufrimiento y dificultad que puedan experimentar a causa de su condición. Para el creyente la cruz es un sacrificio fructuoso, puesto que de esa muerte provienen la vida y la redención. Aun si toda invitación a llevar la cruz o a entender de este modo el sufrimiento del cristiano será presumiblemente objeto de mofa por parte de alguno, se deberá recordar que ésta es la vía de la salvación para todos aquellos que son seguidores de Cristo.

Esto no es otra cosa, en realidad, que la enseñanza de apóstol Pablo a los Gálatas, cuando dice que el Espíritu produce en la vida del creyente: «amor, gozo, paz, paciencia, benevolencia, bondad, fidelidad, mansedumbre y dominio de sí» y aún más: «No podéis pertenecer a Cristo sin crucificar la carne con sus pasiones y sus deseos» (Gal 5,22.24) […]

Las personas homosexuales, como los demás cristianos, están llamadas a vivir la castidad. Si se dedican con asiduidad a comprender la naturaleza de la llamada personal de Dios respecto a ellas, estarán en condición de celebrar más fielmente el sacramento de la Penitencia y de recibir la gracia del Señor, que se ofrece generosamente en este sacramento para poderse convertir más plenamente caminando en el seguimiento a Cristo. […]

–La verdadera pastoral católica en relación a los homosexuales

15. Esta Congregación, por consiguiente, anima a los Obispos para que promuevan en sus diócesis una pastoral que, en relación con las personas homosexuales, esté plenamente de acuerdo con la enseñanza de la Iglesia. Ningún programa pastoral auténtico podrá incluir organizaciones en las que se asocien entre sí personas homosexuales, sin que se establezca claramente que la actividad homosexual es inmoral. Una actitud verdaderamente pastoral comprenderá la necesidad de evitar las ocasiones próximas de pecado a las personas homosexuales.

Deben ser estimulados aquellos programas en los que se evitan estos peligros. Pero se debe dejar bien en claro que todo alejamiento de la enseñanza de la Iglesia, o el silencio acerca de ella, so pretexto de ofrecer un cuidado pastoral, no constituye una forma de auténtica atención ni de pastoral válida. Sólo lo que es verdadero puede finalmente ser también pastoral. Cuando no se tiene presente la posición de la Iglesia se impide que los hombres y las mujeres homosexuales reciban aquella atención que necesitan y a la que tienen derecho.

Un auténtico programa pastoral ayudará a las personas homosexuales en todos los niveles de su vida espiritual, mediante los sacramentos y en particular a través de la frecuente y sincera confesión sacramental, mediante la oración, el testimonio, el consejo y la atención individual. De este modo la entera comunidad cristiana puede llegar a reconocer su vocación a asistir a estos hermanos y hermanas, evitándoles ya sea la desilusión, ya sea el aislamiento. […]

17. …Será conveniente además promover programas apropiados de catequesis, fundados sobre la verdad concerniente a la sexualidad humana, en su relación con la vida de la familia, tal como es enseñada por la Iglesia. Tales programas, en efecto, suministran un óptimo contexto, dentro del cual se puede tratar también la cuestión de la homosexualidad.
Esta catequesis podrá ayudar asimismo a aquellas familias, en las que se encuentran personas homosexuales, a afrontar un problema que las toca tan profundamente.

–Solamente es verdadera acción pastoral la que se fundamenta en la verdad

Se deberá retirar todo apoyo a cualquier organización que busque subvertir la enseñanza de la Iglesia, que sea ambigua respecto a ella o que la descuide completamente. […]
18. El Señor Jesús ha dicho: «Vosotros conoceréis la verdad y la verdad os hará libres» (Jn 8, 32). La Escritura nos manda realizar la verdad en la caridad (cf. Ef 4, 15). Dios que es a la vez Verdad y Amor llama a la Iglesia a ponerse al servicio de todo hombre, mujer y niño con la solicitud pastoral del Señor misericordioso.

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CDF (1992-VII-23)

Algunas consideraciones acerca de la respuesta a propuestas legislativas sobre la no discriminación de las personas homosexuales

–Premisa.

Recientemente, en diversos lugares, ha sido propuesta una legislación que haría ilegal la discriminación basada en la tendencia sexual. En algunas ciudades las autoridades municipales han puesto a disposición de las parejas homosexuales (y heterosexuales no casadas) casas populares, destinadas a las familias. Esas iniciativas, aunque parecen orientadas más a ofrecer un apoyo a los derechos civiles fundamentales que a mostrarse indulgentes con su actividad o con su estilo de vida homosexual, pueden influir negativamente en la familia y en la sociedad. Por ejemplo, muchas veces surgen problemas como la adopción de niños, la contratación de profesores, la necesidad de casas por parte de las familias auténticas, y las preocupaciones legítimas de los propietarios de casas al seleccionar a los potenciales arrendatarios.

Aunque es imposible imaginar las eventuales consecuencias de propuestas legislativas en este sector, las siguientes observaciones intentarán indicar algunos principios y hacer algunas distinciones de carácter general que tanto el legislador consciente como el elector y las autoridades eclesiásticas, llamados a afrontar ese problema, deberían tener siempre presentes.

–Igualdad fundamental de los derechos civiles de los homosexuales, y algunas limitaciones

6. «La Iglesia es consciente de que la opinión, según la cual la actividad homosexual sería equivalente, o por lo menos igualmente aceptable, a la expresión sexual del amor conyugal, tiene una incidencia directa sobre la concepción que la sociedad tiene acerca de la naturaleza y de los derechos de la familia, poniéndolos seriamente en peligro» (Carta CDF 1986, n. 9).

10. La «tendencia sexual» no constituye una cualidad comparable con la raza, el origen étnico, etc., respecto a la no discriminación. A diferencia de esas cualidades, la tendencia homosexual es un desorden objetivo (cf. Carta CDF 1986, n. 3) y conlleva una cuestión moral (cf. Carta, n. 9).

12. Las personas homosexuales, en cuanto personas humanas, tienen los mismos derechos que todas las demás personas, incluso el derecho a no ser tratados de una manera que ofenda su dignidad personal (cf. Carta n. 10). Entre otros derechos, todas las personas tienen derecho al trabajo, a la casa, etc. Sin embargo, esos derechos no son absolutos. Pueden ser limitados legítimamente a causa de un comportamiento externo objetivamente desordenado. Esto, a veces, no sólo es lícito, sino también obligatorio; no sólo se impondrá a causa de un comportamiento culpable, sino también en el caso de personas enfermas física o mentalmente. Así, se acepta que el Estado puede limitar el ejercicio de los derechos, por ejemplo, en el caso de personas contagiosas o enfermos mentales, con el fin de proteger el bien común.

–No debe considerarse la homosexualidad como fundamento de ciertos derechos

13. Incluir la «tendencia homosexual» entre las consideraciones según las cuales es ilegal discriminar, puede llevar fácilmente a considerar la homosexualidad como fuente positiva de derechos humanos, por ejemplo, en relación con la así llamada «acción positiva», o tratamiento preferencial en tema de contratos de alquiler. Esto es tanto más perjudicial cuanto que no existe un derecho a la homosexualidad (cf. n. 10) y que, por tanto, no debería constituir una plataforma para reivindicaciones judiciales. El paso del reconocimiento de la homosexualidad como factor según el cual es ilegal discriminar puede llevar fácilmente, si no de modo automático, a la protección legislativa y a la promoción de la homosexualidad. Se invocaría la homosexualidad de una persona, contraponiéndola a una discriminación comprobada, y así el ejercicio de los derechos se defendería precisamente a través de la afirmación de la condición homosexual, en lugar de hacerlo a través de la demostración de una violación de los derechos humanos fundamentales.
14. La «tendencia sexual» de una persona no es comparable con la raza, el sexo, la edad, etc.

–No debe inhibirse la Iglesia ante la generación de leyes contrarias al bien común
16. Por último, cuando está en juego una cuestión acerca del bien común, no es oportuno que las autoridades eclesiales apoyen o se mantengan neutrales ante una legislación negativa, aunque ésta haga algunas excepciones con las organizaciones y las instituciones de la Iglesia. La Iglesia tiene la responsabilidad de promover la vida de la familia y la moralidad pública de la entera sociedad civil basándose en los valores morales fundamentales, y no sólo para protegerse a sí misma de la aplicación de leyes perniciosas (cf. n. 17).

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Juan Pablo II (1992-X-11)

Catecismo de la Iglesia Católica

–Castidad y homosexualidad

2357 La homosexualidad designa las relaciones entre hombres o mujeres que experimentan una atracción sexual, exclusiva o predominante, hacia personas del mismo sexo. Reviste formas muy variadas a través de los siglos y las culturas. Su origen psíquico permanece en gran medida inexplicado. Apoyándose en la Sagrada Escritura que los presenta como depravaciones graves (cf. Gén 19,1-29; Rm 1, 24-27; 1Co 6,10; 1Tm 1,10), la Tradición ha declarado siempre que «los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados» (CDF, Persona humana, 8). Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso.

2358 Un número apreciable de hombres y mujeres presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas. Esta inclinación, objetivamente desordenada, constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición.

2359 Las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Mediante virtudes de dominio de sí mismo que eduquen la libertad interior, y a veces mediante el apoyo de una amistad desinteresada, de la oración y la gracia sacramental, pueden y deben acercarse gradual y resueltamente a la perfección cristiana.

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Oremos por las personas homosexuales. Ésta es la acción pastoral más eficaz para ayudarles espiritualmente. Dios les llama, como a todos nosotros, a la perfecta castidad y a la perfección evangélica, es decir, a la santidad. Cristo quiere mantenerlas libres, con la libertad de los hijos de Dios: libres de la carne, del mundo y del diablo, padre de la mentira, príncipe de las tinieblas, que busca destruirnos (Ef 6,10-13). Debemos «combatir los buenos combates de la fe» (1Tim 6,12) contra quienes promueven el pecado de la homosexualidad activa y la ideología del género contraria a la naturaleza y la gracia. Es una lucha espiritual que tendrá como armas fundamentales la oración y la penitencia, la adoración al Santísimo, el rezo del Santo Rosario. El Señor quiere que le pidamos esta gracia, y nos asegura: «Si mi pueblo, sobre el cual es invocado mi Nombre, se humilla, orando y buscando mi rostro, y se vuelve de sus malos caminos, yo le oiré desde los cielos, perdonaré su pecado y sanaré su tierra» (2Cró 7,14).

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Nada es hoy tan peligroso en las naciones apóstatas como la afirmación de la verdad católica, y de modo muy especial en las cuestiones relativas a la moral de la vida sexual. Por eso es silenciada tan frecuentemente, y no sólo en medios culturales y políticos, sino también eclesiales. Casi todos los grandes Organismos Internacionales difunden la ideología del género, e incluso la imponen obligatoriamente a las naciones exigiéndoles que hagan de ella leyes imperativas. El poder del loby gay mundial es enorme, tanto en los medios de difusión y educación, como en la misma vida política.

Pero los cristianos, y especialmente los Obispos, hemos sido enviados por Cristo al mundo para continuar la misión que recibió del Padre: «yo he venido al mundo para dar testimonio de la verdad» (Jn 18,37).