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La persona

En el ser humano la individualidad total de su naturaleza se ve completada por otra individuación más profunda, la que expresa el término persona. La persona es lo más individual, lo más propio que es cada hombre, lo más incomunicable, o lo menos común, lo más singular.

En este sentido, explica Santo Tomás:

«El hombre engendra seres iguales a sí específicamente, no numéricamente. Por tanto, las notas que pertenecen a un individuo en cuanto singular, como los actos personales y las cosas que les son propias, no se transmiten de los padres a los hijos. No hay gramático que engendre hijos conocedores de la gramática que él aprendió. En cambio, los elementos que pertenecen a la naturaleza pasan de los padres a los hijos (...) Pero no las cosas puramente personales» (STh I-II, 81, 2 in c.).

La persona, según la definición clásica del pensador romano Boecio, es «la substancia individual de naturaleza racional» (Liber de persona et duabus naturis, ML, LXIV, 1343). El Aquinate asumió esta definición, precisando y profundizando su sentido (STh I, q. 29, a. 1-3). También definió la persona con estos términos parecidos, más precisos: «Persona es el subsistente distinto en naturaleza racional» (De Potentia, q. 9, a. 4, in c.).

Esta última definición es exclusivamente propia de Santo Tomás. Sin embargo, es idéntica a la anterior, en cuanto que en ambas quedan expresados sus contitutivos. En las dos definiciones, se indica que «el ser pertenece a la misma constitución de la persona» (STh III, 19, 1 ad 4). La naturaleza racional es el constitutivo material y ser el constitutivo formal. De manera que el principio personificador, el que es la raíz y origen de todas las perfecciones de la persona, es su ser propio. La tesis de que el ser es el principio personificador puede también considerarse como otra tesis, la sexta, que, como un principio fundamental de la síntesis tomista, habría que agregar a las XXIV Tesis tomistas.

La personalidad, lo que convierte a la naturaleza en persona y hace que ésta sea distinta de los otros entes substanciales, es el ser. Incluso, por esta perfección suprema, básica y fundamental, y no genérica, que significa formalmente la persona, podría parecer que su noción es un trascendental. Sin embargo, no puede considerarse como trascendental, como un concepto no génerico ni específico de máxima extensión, convertible con el de ente. La persona carece de esta universalidad.

En todo caso, por trascender todos los géneros y todas las categorías o géneros supremos -puesto que no puede explicarse por determinaciones sobre géneros o especies, ni por ninguna de las categorías, como si fuese algo meramente substancial o accidental-, hay que concebirla como significando inmediatamente el ser, que en la persona creada es participado.

Según la metafísica del ser de Santo Tomás, todas las perfecciones del ente, que son expresadas por su esencia, se resuelvan en último término en el acto del ser. La persona, sin embargo, sin la mediación de algo esencial, directamente se refiere al ser. Por ello, debe comprenderse como vinculada al ser, y a los trascendentales que éste principio entitativo básico funda, la unidad, la verdad y la bondad. En este sentido, la persona tiene un carácter «trascendental». Nombra al ser propio, y a los trascendentales, sin designar directamente la naturaleza participante del ser y de la unidad, verdad y bondad.

El ser propio de cada persona es el que le da su caracter permanente, actual y en idéntico grado. En cambio, si el constitutivo formal de la persona fuese alguna propiedad esencial, como, por ejemplo, la racionalidad, la libertad, la capacidad comunicativa o relacional, o cualquier otra característica, por importante y necesaria que fuese, el hombre no sería siempre persona.

Todos los atributos de la esencia individual humana cambian en sí mismos o en diferentes aspectos, en el transcurso de cada vida humana. Pueden incluso considerarse en algún momento en potencia, o en hábito, pero no siempre en acto. Además, como son poseídos en distintos grados, según los individuos y las diferentes circunstancias individuales, habrían entonces distintas categorías de personas.

Precisamente, por significar directamente el ser personal, se infiere, por una parte, que la realidad personal se encuentra en todos los hombres. Ser persona es lo más común. Está en cada hombre, lo que no ocurre con cualquiera de los atributos humanos, que se explican por la naturaleza. Todos los hombres y en cualquier situación de su vida, independientemente de toda cualidad, relación, o determinación accidental y de toda circunstancia biológica, psicológica, cultural, social, etc., son siempre personas en acto.

Por otra, que todo hombre es persona en el mismo grado. En cuanto personas todos los hombres son iguales entre sí, aún con las mayores diferencias en su naturaleza individual, y, por ello, tienen idénticos derechos inviolables. Nunca son ni pueden convertirse en «cosas». Como hombres somos distintos en perfecciones, como personas, absolutamente iguales en perfección y dignidad.

El término persona significa directamente el ser personal propio de cada hombre, su nivel más profundo, misterioso y alcanzable, en alguna medida, únicamente desde la investigación metafísica. La persona no es algo, sino alguien. La persona nombra a cada individuo personal, lo propio y singular de cada hombre, su estrato más profundo, que no cambia en el transcurso de cada vida humana. Lo que significamos con el término «yo», «tú», «nosotros», «él», «alguien», es una realidad consistente, estable, autónoma, en contraposición a lo accidental, a lo relacional.

Las dos definiciones de persona expresan esta especial singularidad de la persona. Según Santo Tomás, persona significa una especial y única «distinción» o individualidad, que es mucho mayor que la de las esencias de las cosas, incluída la esencia humana individual. La individualidad personal incluye, por un lado, la de su naturaleza substancial, individualizada como las otras substancias, compuesta por sus principos individuantes de orden también esencial; por otro, también la mayor singularización que le proporciona la posesión de un ser propio y proporcionado a esta esencia.

La persona designa siempre lo singular, lo individual. Las cosas no personales, son estimables por la esencia que poseen. En ellas, todo se ordena, incluida su singularidad, a las propiedades y operaciones específicas de sus naturalezas. De ahí que los individuos únicamente interesan en cuanto son portadores de ellas. Todos los de una misma especie son, por ello, intercambiables. No ocurre así con las personas, porque interesa en su misma individualidad, en su personalidad

A diferencia de todos los demás entes singulares, la persona humana es un individuo único, irrepetible e insustituible. Merece, por ello, ser nombrado no con un nombre que diga relación algo genérico o específico, sino con un nombre propio, que se refiera a él mismo. Las personas tienen nombre propio y si se da también a objetos, como lugares geográficos, casas, barcos, etc., o a otros seres vivos, como los animales domésticos, es por que tienen una relación directa con personas. Se les ha nombrado, con un nombre propio, no por sí mismos, sino por estar en el contorno personal.

Esta especial singularidad se advierte en el mismo nombre «persona», ya que tiene un estatuto lógico-gramatical único. La persona, a diferencia de los demás nombres, tanto comunes como propios, no significa primeramente la naturaleza humana, el concepto de hombre, predicable de cada uno de los hombres, porque lo son realmente, ya que realizan esta naturaleza universal en su individualidad. El término persona nombra directamente lo individual, lo propio y singular de cada hombre.

El término persona no es nombre de naturaleza, ni substancial ni accidental, ni, por tanto, de facultades ni relaciones, sino de ser personal. La persona significa inmediatamente la perfección suprema, básica y fundamental, y no genérica, del ser. Designa directamente el ser participado por la naturaleza, que no es significada directamente, tal como, sin embargo, ocurre en todos los demas entes.

Santo Tomás enseña, por consiguiente, en primer lugar, que la persona es subsistencia, o una substancia completa, de la que se destaca directamente el ser propio, que es significado de modo inmediato.

También, en segundo lugar, que otra nota de la persona es la incomunicabilidad, o el ser lo menos común en el orden metafísico. La persona es lo más incomunicable metafísicamente, pero es lo más comunicable intencionalmente por el entendimiento y el amor. La persona es algo cerrado e inaccesible y también es apertura. Esta apertura, o comunicación de vida personal, es la otra dimensión de la substancialidad incomunicable de la persona.

En tercer lugar, por esta mayor posesión del ser, la persona es lo más individual de todo. El ser personal hace que la persona se posea a sí misma, por medio de su entendimiento y por medio de su voluntad. Tal posesión intelectual y amorosa revela una suprema individualidad.

Afirma Santo Tomás que «de un modo más especial y perfecto se encuentra lo particular e individual en las substancias racionales, que tienen el dominio de sus actos, y no sólo son movidas, como las demás, sino que también obran por sí; y las acciones están en los singulares. Por tanto, de entre las otras substancias, los singulares de naturaleza racional tienen un nombre especial; y éste es persona» (STh I, 29, 1 in c.).

El ser propio, en el grado que lo posee la persona, que está ya en el orden de lo espiritual, confiere la autoposesión. Esta posesión personal se realiza por medio de la autoconciencia intelectiva o experiencia existencial de la facultad espiritual inteligible e intelectual. Gracias a ella, aunque en un grado limitado, la persona humana se posee intelectivamente a sí misma. También se lleva a cabo la posesión propia de la persona por su facultad espiritual volitiva. Con esta autoposesión, la persona se ama a sí misma, de un modo natural y necesario, que no implica hacerlo desordenadamente, porque entonces este «amor de sí» se convertiría en egoísmo.

Por ser dueña de sí misma -con sus facultades superiores, aunque en el grado indicado, como corresponde a la limitación de la inteligencia y de la voluntad del ser humano-, por una parte, la singularidad de la persona es más plena que la de los demás entes substanciales. Este ser personal, que hace que la persona se posea a sí misma, revela una suprema individualidad. En ella todo está atravesado por la singularidad.

Por otra parte, permite a su vez la máxima apertura intencional del entendimiento y de la voluntad, la apropiación intelectiva de lo universal y la donación amorosa a lo singular. Por la espiritualidad, la persona es encuentro consigo y con los demás, en el conocimiento y en el amor.

En la persona todo esta embebido de esta singularidad. En cualquier persona, tal individualidad tiene siempre supremacía sobre todo lo específico o genérico. De ahí que esté incluída formalmente en las dos definiciones de persona examinadas. Al individuo, al «subsistente distinto», según la definición de Santo Tomás, o a la «substancia individual», que aparece en la de Boecio, por su totalidad entitativa -que indican los términos «subsistente» y «substancia»-, y por su singularidad -indicada por los de «distinto» e «individual»-, se le puede caracterizar como totalmente incomunicable.

Sostiene el Aquinate que, por esta incomunicabilidad metafísica, la persona no posee las siguientes «comunicabilidades»: 1) la que tienen los accidentes en relación a la substancia a la que inhieren; 2) la comunicación lógica de lo universal respecto a lo individual, que lo realiza; 3) la que tienen las partes substanciales con relación al todo que constituyen; y 4) la que es propia de las substancias «incompletas» con respecto al compuesto substancial, como la que tiene el alma humana, que, por ello «no le compete ni la definición de persona, ni el nombre» (STh I, 29, 1 ad 5).

También, por consiguiente, el término persona expresa formalmente la incomunicabilidad metafísica.

«La forma significada con el nombre de persona no es la naturaleza absolutamente, porque así significaría lo mismo el nombre de hombre y el nombre de persona humana, lo cual es evidente que es falso. Por el nombre de persona se significa formalmente la incomunicabilidad, o la individualidad subistente, en la naturaleza» ( De Potentia, q. 9, a. 6, in c).

Tal incomunicabilidad metafísica no implica la incomunicación con los demás. Precisamente la incomunicabilidad metafísica es la que posibilita la comunicación antropológica y social.

Por último, en cuarto lugar, en la noción de persona, en la que se expresa directamente el ser, se alude igualmente de modo inmediato al ser participado en un grado máximo, en el del espíritu. Persona nombra rectamente al máximo nivel de perfección, dignidad, nobleza y perfectividad, muy superior a la de su naturaleza. Tanto por esta última como por su persona, el hombre posee perfecciones, pero su mayor perfección y la más básica es la que le confiere su ser personal.

Por consiguiente, la persona indica lo más digno y lo más perfecto de la realidad. «La persona significa lo más perfecto que hay en toda la naturaleza» (STh I, 29, 3 in c.); o como dice también Santo Tomás: «es lo más digno de toda la naturaleza» (De Potentia, I, q. 9, a. 3, in c.). De este modo expresa también lo que posee «más» ser, y, por lo mismo, lo más unitario, lo más verdadero, lo más bueno y lo más bello. La mayor perfección en todos los trascendentales.

La primacía de la persona en la unidad trascendental se manifiesta en su individualidad. En la del orden de la verdad trascendental, explica que la persona sea el único ente que está vinculado con la verdad que está en el entendimiento. La persona es aquel ente capaz de tener la verdad en el entendimiento, o capaz de manifestar y declarar lo que las cosas son; pero también es el único ente capaz de ser el fin de esta verdad, en el sentido de que sólo a la persona es a quien va dirigida esta expresión de la realidad. La persona puede también definirse como sujeto y término de la verdad en el entendimiento.

Esta superioridad de la persona en todos los sentidos de la verdad permite que, de manera similar a la afirmación del Aquinate de que «la persona es lo más perfecto que hay en toda la naturaleza», pueda decirse que la persona es lo más verdadero que hay en toda la naturaleza.

Con la tesis de que la persona es el máximo bien y, por tanto, un fin en sí misma, Santo Tomás inicia una de sus obras, el Comentario a la Metafísica de Aristóteles, afirmando que «todas las ciencias y las artes se ordenan a una sola cosa, a la perfección del hombre, que es su felicidad» (In Metaphys., proem.).

Como consecuencia de su rango metafísico, todas las criaturas del mundo -inertes, vegetales y animales- están al servicio del hombre, pero también lo realizado por el mismo hombre. Sostiene Santo Tomás que únicamente a las personas, a cada una de ellas en su concreción y singularidad, tal como significa el térmimo persona, se subordinan todas las ciencias, teóricas y prácticas, las técnicas, las bellas artes, y toda la cultura y todas sus realizaciones, en definitiva. Siempre y todas están al servicio de la persona humana. A la felicidad de las personas, a su plenitud de bien, es aquello a lo que deben estar dirigidos todos los conocimientos científicos, sean del orden que sean, e igualmente la misma tecnología, y todo lo que hace el hombre.

Tal prioridad de la persona se da no sólo en el orden natural, sino también en el cultural o humano. Si las más geniales creaciones culturales, cientifico-técnicas, artísticas, o de cualquier otro tipo, no tendiesen a la perfección -especulativa, moral, estética, o de otra dimensión-, al bien, de las personas en su singularidad, que son solamente las que pueden ser felices, carecerían de todo sentido y, por tanto, de interés alguno.Todas son siempre relativas a la persona. No hay nada, en este mundo, que sea un absoluto, todo esta siempre referido a la felicidad de las personas, el único absoluto en el orden creado.

Esta afirmación de la primacía de la persona en todo orden humano o natural, justificada por la maxima participación directa en el ser y en los trascendentales fundados en él -la unidad, la verdad y la bondad-, se puede relacionar con otra de Santo Tomás, que se encuentra en el tratado teológico de la gracia de la Suma.

Se dice en una objeción de un artículo de la cuestión dedicada a la división de la gracia:

«Lo que es propio de los mejores, es más digno de lo que es común a todos; como el razonar, que es propio del hombre, es más digno que el sentir, que es común a todos los animales» (STh I-II, 111, 5 ob. 3).

Siempre las cosas más perfectas son escasas. Así, en el universo hay menos hombres que animales; hay menos animales que plantas; y menos plantas que seres inertes. Igualmente, en el mundo cultural son pocos los grandes investigadores, artistas, etc. Lo más común se presenta, por tanto, como menos valioso y digno de estimación. Si se aplica este hecho a la afirmación sobre la supremacía de la persona, parece, por tanto, que el ser persona no sea lo más digno del hombre, ya que es común a todos.

Esta grave dificultad queda resuelta teniendo en cuenta lo que dice Santo Tomás en la respuesta a esta objeción, basada en que cantidad y perfección se presentan en relación inversa:

«La comparación entre lo más común y lo menos común (...) no es válida, porque no siempre se cumple que lo menos común es lo más perfecto. No es la escasez o la menor cantidad lo que revela una mayor perfección sobre lo abundante, sino el ser fin respecto a unos medios» (STh I-II, 111, 5 ad 3).

Lo que descubre una mayor perfección no es la menor cantidad, sino el ser fin de otros, sean abundantes o escasos.

Si todo se ordena o está al servicio de las personas humanas, si todo es un medio para que consigan la felicidad, es, según esta última tesis, porque es menos perfecto que ellas. Por ello, cualquiera, que cultive algún ámbito de la cultura, está al servicio de las personas, de lo que son todos los hombres, lo más común y corriente. Aunque la persona sea como el común denominador de todos los hombres, que difieren en salud, biológica o psíquica, en riquezas, materiales o espirituales, poder, cultura y en todas las determinaciones esenciales, en ella está la dignidad del hombre y su mayor excelencia. Lo más común, lo más ordinario, es precisamente lo más noble y perfecto. La persona, en su singularidad, es lo sumo y lo supremo.

Tanto la definición de Boecio -substancia individual de naturaleza racional-, como su equivalente, propuesta por Santo Tomás -subsistente distinto en naturaleza intelectual-, además de ser válidas para las personas creadas, a partir de las humanas, se pueden atribuir analógicamente a Dios. La persona se predica de Dios analógicamente y removiendo las imperfecciones que comporta en las personas creadas.

«El nombre persona, tomado comúnmente, no significa otra cosa que la substancia individual de naturaleza racional. Y porque la substancia individual de naturaleza racional contiene en su concepto la substancia individual, es decir, incomunicable y distinta de las otras -tanto en Dios como en los hombres y en los ángeles-, es preciso que la persona divina signifique el subsistente distinto en naturaleza divina, como la persona humana significa el subsistente distinto en naturaleza humana, y ésta es la significación formal, tanto de la persona divina como de la persona humana» (De Potentia q. 9, a. 4, in c.).

Puede darse, por consiguiente, una definición general o común de persona, tal como son la de Boecio y la equivalente del Aquinate, aplicables analógicamente a Dios y al hombre; y una definición específica de la persona en el hombre, que dirá que la persona humana es el subsistente distinto en naturaleza humana.

La definición específica de la persona divina será: subsistente distinto en naturaleza divina. Algo parecido se podría decir de los ángeles. Tanto en la definición común como en las tres específicas, se significa la persona formalmente.

En la definición específica de la persona humana lo significado materialmente, el sujeto de la significación formal, es lo individual, que lo es por la materia córporea o la corporeidad.

«Persona en común significa la substancia individual de naturaleza racional. Individuo es lo indistinto en sí mismo, pero distinto de los otros. Por lo tanto, en cualquier naturaleza, persona significa lo que es distinto en aquella naturaleza. Así, persona, en la naturaleza humana, significa esta carne, estos huesos, esta alma, que son los principios que individualizan al hombre, que, aunque no entran en el significado de persona en general, están contenidos en el de la persona humana» (STh I, 29, 4 in c.).

También, en la definición específica de la persona divina, lo que debe considerarse como sujeto del sentido formal de la persona es lo que es incomunicable y, por tanto, distinto.

«Puesto que el subsistente distinto en naturaleza humana no es sino algo individuado por la materia individual y por otros principios; por ello, es preciso que, cuando se dice persona humana esto sea materialmente significado. En cambio, lo distinto pero incomunicable en la naturaleza divina no puede ser sino la relación, puesto que en lo divino todo lo absoluto es común e indistinto» (De Potentia, q. 9, a. 4, in c.).

En Dios hay sólo tres personas distintas, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tal como enseña la fe, que se identifican en una misma esencia divina, en un sólo Dios. De manera que puede decirse que el Padre es Dios, el Hijo es Dios y el Espíritu Santo es Dios.

Las tres personas divinas son Dios de manera absoluta o común. De ahí que

«no es posible decir que las personas divinas se distingan unas de otras por algo absoluto, porque se sigue que no sería una misma la esencia de las tres, puesto que todo lo que es absoluto en Dios, pertenece a la unidad de la esencia. Sólo, pues, por las relaciones se distinguen entre sí las personas» (STh I, 36, 2 in c.).

Por la relación, el Padre no es el Hijo, el Padre no es el Espíritu Santo, y el Hijo no es el Espíritu Santo.

Además, la simplicidad divina exige que las relaciónes divinas sean idénticas a su esencia.

«La relación en Dios es lo mismo realmente con su esencia. Y así como la esencia en Dios es lo mismo que el que tiene la esencia, como Deidad y Dios, así también la relación y aquello por la relación referido. De donde se sigue que es lo mismo la relación y el subsistente distinto en naturaleza divina» (De Potentia, q. 9, a. 4 in c.).

Hay que tener en cuenta, por consiguiente, que, por un lado, en Dios es lo mismo la Deidad y Dios, se identifica la esencia abstracta con la esencia concreta (STh I, 3, 3 in c.); y, también por la ausencia de toda composición en Dios, que se significa con el atributo de la simplicidad, la relación divina es idéntica a su esencia o naturaleza. Por otro, que, la esencia y el ser divinos no se destinguen realmente: «Dios es su ser» (STh I, 3, 4 in c.). Se deriva de todo ello que la relación divina será idéntica con el ser divino.

El mismo ser divino único, por tanto, queda identificado con las tres relaciones y, en este sentido es relativamente triple. No es multiplicado triplemente, sino que siendo uno e inmultiplicable es relativamente tres, porque es poseído por tres relaciones distintas, de tres maneras distintas. Cada relación lo posee de un modo propio, y así el mismo ser subsistente es afectado por diferentes relaciones. El Padre es el ser paterno, el ser subsistente cualificado y diversificado por la relación de paternidad. El Hijo es el ser filial, el ser subsistente afectado y diversificado por la relación de filiación. El Espíritu Santo es el ser subsistente modificado y diversificado por la espiración pasiva. Por tanto, si cada relación tiene un ser propio, el ser divino, poseído de manera distinta, será también subsistente.

Por ello, Santo Tomás infiere que la definición de la persona divina, como subsistente distinto en naturaleza racional, es equivalente a relación subsistente. En esta nueva definición de Persona divina, se conserva el significado general de subsistente distinto, de modo analógico, pero se significa más concretamente la relación, no en cuanto tal, sino la relación en cuanto subsistente.

Explica el Aquinate:

«El nombre persona, tomado comúnmente, significa la substancia individual de naturaleza racional; pero la persona divina, en su significado formal, significa el subsistente distinto en naturaleza divina. Y puesto que esto no puede ser la relación o lo relativo, por esto en su significado material significa la relación o lo relativo. Y por ello puede decirse que significa la relación por modo de substancia, no la que es la esencia, sino la que es la hipóstasis; así como significa la relación no en cuanto relación, sino como lo relativo; esto es, como es significada por el nombre padre, no como es significada por el nombre paternidad. Así pues, en la significación de la persona divina se significa indirectamente la relación, ya que es el subsistente distinto en esencia divina, en la relación» (De Potentia, q. 9, a. 4, in c.).

Esta relación, que es significada materialmente, o como sujeto de la subsistencia distinta en naturaleza divina, no lo es en la línea de lo relativo sino en el de la subsistencia, o de la substancia subsistente, que no es la mera esencia, sino ésta con su ser propio.

«La persona divina significa la relación en cuanto subsistente. Esto es significar la relación por modo de substancia, que es una hipóstasis subsistente en la naturaleza divina; aunque lo que subsiste en la naturaleza divina no sea cosa distinta de la naturaleza divina».

La identidad de la relación subsistente con la naturaleza divina, también subsistente, hace que pueda decirse que en la relación subsistente, que define a la persona divina, quede expresada tambien la esencia divina. De manera que

«el nombre persona significa directamente (in recto) la relación, e indirectamente (in obliquo) la esencia; pero la relación no en cuanto relación, sino en cuanto significada por modo de hipóstasis» (STh I, 29, 4 in c.)

La doctrina trinitaria no lleva, por tanto, a una corrección de la definición general de persona. De manera que con su misma significación formal, en la persona humana, se significa materialmente lo individuante, y, en la persona divina, la relación en cuanto subsistente.